GRAVÁMENES Y EXENCIONES

Gravámenes y Exenciones de Derechos Aduaneros

NOTA – Los residentes que ingresan deben recordar que si han estado fuera de la República por un período menor a seis meses, las armas de fuego adquiridas en el extranjero o en cualquier Duty Free Shop –incluso los del avión o barco- no están incluidas en la desgravación de impuestos de aduana.

Los menores de 18 años pueden reclamar la desgravación de los impuestos, salvo por tabaco o alcohol, cuando las mercancías sean para su uso exclusivo. Las Declaraciones de Aduanas las deben realizar los padres en representación de sus hijos. Todo reclamo de desgravación debe ser hecho por Ud. mismo y no puede ser trasferido a terceros o hecho en grupo. Los miembros de Tripulaciones –incluyendo a los Pilotos- no califican para la desgravación para valores menores a R500, 00. Sin embargo, si el bien se incluye dentro de la categoría “otras mercancías” y tiene un valor de no más R3000, 00 se pagará un tasa fija del 20%. Las desgravaciones usuales pueden solo ser reclamadas por Miembros de Tripulación cuando se establezcan en la República en forma permanente.

Gravamen de Tasa Fija

Para agilizar su paso por el CANAL ROJO, Ud. puede elegir abonar los derechos aduaneros a una tasa fija del 20%., sobre la mercancía que Ud. adquiriera en el extranjero o en cualquier duty free shop –incluso los del avión o barco- y que presente junto con su equipaje. Esto se aplica a mercancía por valor de hasta R12 000,00 (más las desgravaciones de derechos aduaneros que correspondieren). Tales bienes estarán exentos de abonar IVA. Si el valor de los bienes excediera los R12 000,00 o si Ud. decidiera no hacer uso de la opción de tasa fija se deberán abonar las tasas correspondientes y el IVA por cada mercancía individualmente.

Aclaraciones Respecto al Gravamen de Tasa Fija

Aunque ciertas mercancías están sujetas a tasas de impuesto por más del 20%, otras están sujetas a tasa más bajas, incluso ciertas mercancías pueden estar libres de impuestos.

Las siguientes mercancías no califican para este privilegio, por lo tanto deberán abonarse los impuestos que correspondan:

  • Armas de fuego adquiridas en el extranjero o en cualquier duty-free shop –incluso los del avión o barco-, por residentes que regresen a la República luego de una ausencia menor a seis meses.
  • Bienes de Consumo de la misma clase y en cantidades que exceden lo establecido en “Declaración de Equipaje”.
  • Mercancía con fines comerciales o aquellas traídas en representación de otras personas.

PARA EVITAR PROBLEMAS CON LA DECLARACION DE SU EQUIPAJE

  • Declare siempre todos los bienes que lleva;
  • Presente recibos de todo lo que ha adquirido tanto en otro país como en cualquier Free Shop;
  • Si no está seguro del valor que debe declarar, solicite asistencia a un Funcionario de Aduanas.

EXENCIONES DE DERECHOS ADUANEROS

Los siguientes bienes pueden ingresar sin pagar derechos aduaneros ni IVA:

  • Efectos personales, equipo deportivo y recreativo (ingresado como equipaje acompañado o no acompañado).

RESIDENTES QUE REGRESAN AL PAIS

Este privilegio abarca a la Mercancía que llevara el pasajero al partir de SA y que vuelve a ingresar. Por favor note que esta extensión no incluye cualquier mercancía, por ejemplo joyas, que fueran re-modeladas, intercambiadas, procesadas o reparadas en el exterior. (Joyas – Impuestos y Gravámenes).

VISITANTES

Estos bienes son de uso personal y deben llevarse consigo cuando parten de Sudáfrica. Puede requerírsele al visitante realizar un depósito en efectivo para cubrir el impuesto sobre ítems costosos, como videocámaras. Este depósito será reembolsado cuando parta de Sudáfrica.

BIENES DE CONSUMO

Las mercancías incluidas en esta categoría pueden importarse sin abonar impuestos de aduana ni IVA. Los Miembros de Tripulación, incluyendo al piloto, sólo percibirán este reembolso si regresaran al país en forma permanente.

  • Cigarrillos, hasta 200 g y no más de 20 por persona;
  • Cigarros o tabaco hasta 250g por persona;
  • Perfumes hasta 50ml y Agua de Colonia hasta 250ml por persona;
  • Vino hasta 2 litros por persona;
  • Bebidas alcohólicas en general hasta 1 litro por persona;
  • Otras mercancías / ropa (nueva o usada) por un valor no mayor a R3000,00.

Las mercancías, valores que excedan los limites citados no califican para la exención del derecho aduanero y deberá abonarse el 100% de los impuestos por el exceso.

La Exención de derecho aduanero solamente se dará una vez por persona en ciclos de 30 días después de haber estado fuera del país por 48horas o más. Por ejemplo, una persona que regresa al país por segunda vez dentro de los 30 (treinta) días no podrá reclamar la desgravación los impuestos. Lo mismo cuenta para las personas que hayan estado fuera del país 36 horas.

No se permite la desgravación de impuestos de tabaco y alcohol para personas menores de 18 (dieciocho) años.

MEDICAMENTOS:

Los viajantes podrán ingresar las drogas farmacéuticas y medicinas para uso personal para el tiempo correspondiente a un mes. Otras medicinas deberán ser declaradas y tendrán que estar acompañadas por una prescripción certificada del médico tratante.

Al ingresar a SA, podrá importar cualquier tipo de moneda extranjera según las reglas del Exchange Control Regulations, pero el monto está restringido a R5 000,00 por persona.

Los turistas que entran y salen del país tienen un límite de R5000,00 en efectivo por persona. Para averiguar más sobre este tema, contactarse con el SA Reserve Bank al + 27 12 313 3911.

Elementos prohibidos:

  • Narcoticos y drogas;
  • Armas militares;
  • Sustancias toxicas y/o venenosas;
  • Elementos fabricados en prision;
  • Pirotecnia o Explosivos etc.

Elementos restringidos:

olamente pueden ingresarse bajo determinadas circunstancias, como ser con un permiso o con un límite:

  • Moneda: Billetes sudafricanos mayores a R25 000, monedas de oro, colección de estampillas o monedas o colección de oro sin procesar;
  • Armas de fuego;

    Plantas o animales en vías de extinción. Esta restricción incluye cualquier parte que provenga de ellos;

    Medicina;

    Minerales sin procesar;

    Alimentos, plantas, animales y productos biológicos: Todo tipo de plantas y partes de ellas, como ser semillas, flores, frutos, miel, margarina y aceites vegetales. Todo tipo de animales, pájaros, aves domésticas y productos que provengan de ellos: lácteos, manteca y huevos.

Para obtener información adicional, consulte en la página web oficial de los Servicios de Ingresos Públicos http://www.sars.gov.za/

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