Visas

Visa de Visitante para Sudáfrica

Duración y propósito de la estadía

Ciudadanos Argentinos (portadores de pasaporte argentino) que visiten la Republica de Sudáfrica por noventa (90) días o menos, por motivos de turismo, visita o negocios no necesitan visas. 

Ciudadanos de otro países por favor verificar en la lista de países exentos de visado. Si el nombre de su país no aparece en tal listado, significa que debe tramitar visa de ingreso. A demás hay países exentos de visado si la estadía en Sudáfrica no excede los 30 (treinta) días.

Hay países que requieren visa para ingresar a Sudáfrica pero están exentos del arancel consular, ej: India, Colombia, Mexico, etc. Por favor dirigirse a la nómina de países que requieren pagar arancel consular y si su país no se encuentra en tal listado, significa que no debe pagar el arancel para la visa.

(Nota: Si su visita excediera los 90 días o Usted viajara a Sudáfrica para estudiar o trabajar, deberá tramitar una visa de residencia temporaria en vez de una visa de visitante. Los requisitos correspondientes a la residencia temporaria no son los mismos que los de la visa de visitante.

El certificado de vacuna contra la Fiebre Amarilla es requerido para todos los ciudadanos argentinos ya que la Argentina ha sido declarada por la OMS (Organización Mundial de la Salud) país endémico de Fiebre Amarilla.

Ciudadanos que deseen visitar Sudáfrica deberán tener pasaportes/ documentos de viaje validos por al menos 30 (treinta) días posteriores al regreso de Sudáfrica. El pasaporte deberá tener al menos 2 (dos) carillas en blanco para visas; una página será utilizada por la Embajada/ Consulado para colocar la visa y la otra será requerida para los sellos de entrada y salida del país.

Requisitos

Note que los solicitantes deberán tramitar sus solicitudes dentro del horario consular de martes a jueves de 9 a 12hs (con cita previa):

  • Formulario DHA-84 completado con tinta negra y debidamente firmado. No completar el formulario en su totalidad puede ocasionar la demora o negación de la visa. Si el espacio provisto fuera insuficiente para desarrollar una determinada respuesta, la información puede suministrarse en hoja aparte siempre y cuando este firmada al pie.
  • Pasaporte o documento de viaje; debe ser válido para viajar a Sudáfrica, vencerse al menos 30 (treinta) días después de la fecha de finalización de su viaje a Sudáfrica y tener por lo menos 2 (dos) hojas totalmente en blanco.
  • Certificado Internacional de Vacuna contra la Fiebre Amarilla. La vacuna deberá tener al menos 10 (diez) días de aplicada al momento de viajar.
  • Arancel en cambio exacto y pesos argentinos, si correspondiera (consultar). El arancel solamente puede pagarse en pesos argentinos y en cambio exacto. La Embajada se reserva el derecho de denegar la solicitud si no está satisfecha con la documentación presentada.
  • 2 (dos) fotos color recientes (fondo blanco), de frente, mirando hacia la cámara, tamaño 4x4 cm.
  • Prueba de reserva de pasaje aéreo ida y vuelta, o de continuación hacia otro país (NO tickets comprados).
  • Prueba de recursos en forma de:
    • Recibos de sueldo de los últimos 3 (tres) meses,
    • Resúmenes de cuenta bancarios de los últimos 3 (tres) meses,
    • Si lo anterior no fuera posible: carta de invitación del contacto (empresa/ pariente) en Sudáfrica responsabilizándose a hacerse cargo de los gastos durante la estadía en Sudáfrica y de los de repatriación, en caso de que fuera necesario + copia certificada de pasaporte.
  • Reserva de hotel y/o carta de invitación de la persona que lo alojara (ídem anterior)
  • Cobertura Médica valida en Sudáfrica.
  • En caso de viajar con menores de 18 años: partida de nacimiento de los menores traducida por traductor público y legalizado.
  • Menores de 18 años que viajan no acompañados: Nota de consentimiento de ambos padres (por favor consultar en la Embajada los nuevos requisitos para viajar con menores)
  • Ciudadanos no argentinos/ no paraguayos deberán presentar prueba de su condición migratoria en Argentina/ Paraguay (CI, DNI, residencia, etc). Las personas que no sean residentes en Argentina o Paraguay deben pedir la visa en la Representación Diplomática o Consular Sudafricanas acreditada en su país de origen.

Visas de Tránsito

El Ministerio del Interior Sudafricano ha exceptuado a los pasajeros de tramitar visa de tránsito cuando se encuentren transitando en los siguientes Aeropuertos Internacionales:

  • OR Tambo International
  • Cape Town International
  • King Shaka
  • Lanseria

Pasajeros transitando estos Aeropuertos estarán sujetos a los datos biométricos.

Los individuos que sean deportados deberán estar en posesión de una visa de tránsito y escoltados todo el tiempo, de lo contrario serán devueltos a la Aerolínea que los transportó para que sean removidos del país.

Penalidad por Estadia Prolongada en Sudafrica

LEY DE INMIGRACIÓN, 2002 (LEY NRO. 13 de 2002)

Regulaciones inmigratorias de 2014

Personas indeseables

27. (1) A los efectos de su subregulación (2), el tiempo se calcula en un día de 24 horas como período de estadía en exceso.

(2) El Director General puede declarar a un extranjero que clasifique dentro de la categoría detallada en el Artículo 30 (1) de la Ley como indeseable en el formulario 19 ilustrado en el Anexo A.

(3) Conforme al Artículo 30 (1)(h) de la Ley, una persona cuya estadía excede lo establecido por su visa puede ser declarada indeseable:

  • a.  Por un período de dos años en el caso de que su estadía se exceda en hasta 30 días.
  • b.  Por un período de tres años en el caso de que su estadía se exceda en más de 30 días hasta 90 días; y
  • c.  Por un período de diez años en el caso de que su estadía se exceda en más de 90 días.

Las personas declaradas indeseables en términos del Artículo 30 (1) (h) leído junto con 50 (1) de la Ley de Inmigración, Nro. 13 de 2002 según enmienda (Nro. 13 de 2011) deben presentar una protesta escrita según se indica subsiguientemente y los siguientes documentos:

  • Protesta escrita
  • Una copia de la declaración de indeseable (formulario 19) emitido en el Puerto de entrada;
  • Copia de las páginas pertinentes del pasaporte, incluida la biopágina;
  • Acuse de recibo (en los casos en que los solicitantes hayan solicitado un permiso y su situación siga pendiente);
  • Si el solicitante se excede debido a razones médicas, deberá presentar un certificado médico

La solicitud debe enviarse por correo electrónico a: overstayappeals@dha.gov.za Esta dirección de correo electrónico se encuentra protegida de spambots. Por lo tanto, debe instalarse JavaScript.

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